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Respuesta:
Los nombres propios extranjeros se escribirán en general, sin ponerles ningún acento, que no tengan en el idioma a que pertenecen pero podrán acentuarse a la española cuando lo permitan. Su pronunciación y grafía originales si se trata de nombres geográficos, ya incorporados a nuestra lengua o adaptados a su fonética tales nombres no se han de considerar extranjeros, y habrán de acentuarse gráficamente de conformidad con las reglas generales.
Explicación:
creo que esta bien