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Sagot :
no mas se el ejemplo de justicia: es demandar a una persona por no cumplir sus deberes prometidos como el alcalde que tiene poder pero si no cumple con sus deberes puede ser demandado o demandada por los ciudadanos espero que te sirva mucho esta repuesta
Justicia distributiva
La justicia distributiva', para Aristóteles, tiene que ver con lo que es justo o correcto con respecto a la asignación de bienes
en una sociedad. Los principios de la justicia distributiva son principios
normativos diseñados para guíar la asignación de los beneficios
y las cargas de la actividad económica. A
menudo se le contrasta con la justicia retributiva, la
cual se concentra en la proporcionalidad de los resultados y las consecuencias,
y con la justicia procedimentalla
cual tiene que ver con la justicia de los procesos, tales como en la
administración de la ley. El teórico contemporáneo más prominente de la
justicia distributiva es el filósofo John Rawls.
Justicia retributiva
Justicia retributiva o retribucionismo es una teoría de la justicia -y
más en concreto una teoría de la
pena- que sostiene que la retribución proporcional es una respuesta
moralmente aceptable a la falta o crimen, independientemente de que esta medida
produzca o no beneficios y/o perjuicios tangibles.
La justicia y derecho, el "principio de proporcionalidad
de la pena" (en inglés expresado en la máxima) "Let the
punishment fit the crime") afirma que la severidad de la pena debe ser
razonable y proporcional a la gravedad de la infracción. El concepto está
presente en la mayoría de las culturas del mundo. Por ejemplo, en la ley de
Moisés, específicamente dentro del Deuteronomio 19:17-21, que mide tal retribución de
"vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por
pie" (en suma, "medida por medida", ("measure to measure
and so on"). Sin embargo, el principio de proporcionalidad de la pena
no necesariamente exige que el cumplimiento sea equivalente a la falta, como en
la anterior Ley del Talión
Los filósofos del derecho penal han contrastado el retribucionismo con el utilitarismo. Para los utilitaristas, la pena tiene una
finalidad teleológica, justificada por su capacidad
para alcanzar beneficios futuros, por ejemplo la reducción de los índices de
criminalidad, o prevencionismo. Para
los retribucionistas, en cambio, la pena tiene un carácter retrospectivo,
acorde con la conducta criminal del pasado en la retribución, y estrictamente
destinado a sancionar de acuerdo con la gravedad de dicha conducta.1 La gravedad de la conducta criminal puede
distinguir, según los retribucionistas, por el nivel de daño causado, la
cantidad de ventaja injustamente adquirida o por el "desequilibrio
moral" provocado bajo el sustento de que se ha cometido un crimen".2
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