Con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en relación a la Labor
Social en el Reglamento General de La Ley Orgánica de Educación en su
art. 27, así como por el Ministerio del Poder Popular para la Educación,
Circular Nº 13, requisito indispensable para optar por el titulo de Educación
Media General en Ciencias; que indican:
LEY ORGANICA DE EDUCACION. Artículo 13.- la responsabilidad social
y la solidaridad constituyen principios básicos de la formación ciudadana de
los y las estudiantes en todos los niveles y modalidades del Sistema
Educativo.
Todo y toda estudiante cursante en instituciones y centros educativos
oficiales o privados de los niveles de Educación Media General y Media
Técnica del subsistema de Educación Básica, así como del subsistema de
Educación Universitaria y de las diferentes modalidades educativas del
Sistema Educativo, una vez culminado el programa de estudio y de acuerdo
con sus competencias, debe contribuir con el desarrollo integral de la Nación,
mediante la práctica de actividades comunitarias, en concordancia con los
principios de responsabilidad social, establecidos en la Ley.